NOTICIAS DE

INMIGRACIÓN

Esta información ha sido facilitada por los abogados de

Lisinski Law Firm para ser compartida con usted. 

PREGUNTAS GENERALES SOBRE LOS ÚLTIMOS CAMBIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE TRUMP 

  • La administración de Trump ha anunciado muchas políticas, órdenes ejecutivas y acciones previstas, pero todavía no es claro cómo se llevarán a cabo. Muchas de estas acciones podrían ser objetadas en las cortes y ser temporalmente suspendidas. 

    Estamos monitoreando este proceso de cerca y actualizaremos nuestro sitio web y nuestras guías a medida que sepamos más. 

    En general, esperamos que la administración de Trump trabaje para detener a más personas en comparación con la administración anterior, y también intente deportar a más personas lo más rápido posible. Es importante que todos conozcan sus derechos, se preparen para estas posibilidades y tomen las medidas que puedan para prevenirlas. En general, asegúrese de tener copias de documentos legales de inmigración, recibos de casos pendientes y documentos que prueben que ha vivido en los Estados Unidos por más de dos años (si aplica). Consulte la lista de documentos en la sección «Documentos que debe tener consigo». 

  • Aunque cada caso es diferente, generalmente recomendamos presentar un caso si califica. Si tiene un historial que está siendo objetivo de la administración de Trump, ya está en riesgo. Tener un caso pendiente o incluso recibir algún tipo de documentos de un caso pendiente podría dejar a la mayoría de las personas indocumentadas en una mejor posición que estar indocumentado sin un caso pendiente.  

  • Tener un caso pendiente de inmigración es a menudo un factor que se considera al determinar si deportar o detener a alguien, y que exista un caso también puede ser una base para pedir una suspensión de la deportación. Tener un caso pendiente no ofrece una protección del 100%, pero puede marcar la diferencia entre ser detenido/deportado o no. 

  • Depende del tipo de caso y las circunstancias. Estar fuera de los Estados Unidos podría afectar si su caso continúa y cómo. Sin embargo, si lo deportan, por favor llámenos para que podamos revisar su caso específico y explicarle qué opciones existen. 

  • Actualmente no representamos a clientes en relación con su detención o procesos de deportación. Sin embargo, estamos trabajando para ofrecer estos servicios, así que, si se encuentra en esta situación, llámenos para darle la información más actualizada sobre los servicios que ofrecemos y si podemos ayudarle en su caso. 

  • Tener un permiso de trabajo no le impide ser detenido o deportado. Sin embargo, en ocasiones, tener una identificación emitida por el gobierno puede ayudar a resolver interacciones con las autoridades. Además, si es posible, recomendamos usar su permiso de trabajo para obtener una licencia de conducir o una identificación estatal, lo cual también puede ayudar a reducir tensiones en esas situaciones. 

    Muchas de las decisiones relacionadas con la emisión de un permiso de trabajo también pueden ofrecer cierta protección contra la deportación. Por ejemplo, las determinaciones de prima facie en casos de VAWA, las cartas de determinación de buena fe en casos de visas T o U, o las aprobaciones de VAWA pueden, en algunos casos, funcionar como decisiones de acción diferida y suspensiones de deportación. Si tiene uno de estos documentos de inmigración, asegúrese de llevarlo siempre consigo. 

  • El 2 de abril de 2025, el Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS) firmó un acuerdo para compartir con ICE determinada información fiscal sobre las declaraciones de impuestos de los inmigrantes indocumentados. El propósito declarado del acuerdo es que ICE obtenga información sobre los inmigrantes que puedan tener una orden final de expulsión o estén bajo investigación criminal. La información específica que puede compartirse incluye el nombre, la dirección y los periodos de tiempo relacionados con las declaraciones de impuestos. En la actualidad existen recursos legales contra esta política y el intercambio de información aún no ha comenzado. La abogada continuará supervisando la situación y proporcionará las actualizaciones que sean necesarias. 

  • La abogada advierte que no podemos dar asesoramiento fiscal específico porque no somos abogados fiscales, sin embargo, en términos generales, si está empleado en los Estados Unidos la declaración de impuestos puede ser requerida por la ley y puede haber sanciones por no hacerlo. La abogada recomienda consultar con un profesional de impuestos o un abogado fiscal para discutir el cumplimiento de las leyes fiscales. No estamos aconsejando a los clientes sobre si deben declarar impuestos o no, ya que esa es una decisión que cada cliente debe tomar por su cuenta, idealmente después de consultar con un profesional de impuestos.  

    Para un caso de inmigración, la abogada dice que declarar impuestos demuestra buen carácter moral y que usted sigue las leyes de los EE.UU. Puede ayudar a su caso, siempre y cuando no esté declarando impuestos con documentos falsos. Sin embargo, si el nuevo acuerdo entre el IRS y ICE entra en vigor, y usted tiene una orden final de expulsión o cargos criminales, existe la posibilidad de que el IRS comparta su información fiscal con ICE si éste lo solicita. En este momento, no sabemos lo grande o pequeño que es el riesgo, pero vamos a seguir observando este tema y actualizar nuestra guía a medida que se desarrolla. 

  • La información difundida hasta el momento indica que ICE solicitará información del IRS específicamente para procesos penales y para buscar a personas con órdenes de expulsión definitiva. La administración no ha declarado que vaya a utilizar la información del IRS ampliamente para identificar a todos los inmigrantes en el país sin autorización y la abogada no cree que ICE vaya a utilizar la información de esta manera. Incluso en el caso de personas con delitos y órdenes de expulsión definitivas, no prevemos que ICE utilice esta información de forma generalizada, sino que puede buscar a personas concretas de forma limitada. La abogada cree que se trata de otra táctica para asustar a los inmigrantes para que abandonen el país. Tener una solicitud pendiente con USCIS puede proporcionar cierta protección contra la expulsión. La abogada continuará monitoreando las actualizaciones y proporcionará una guía actualizada a medida que se desarrolle. 

¿QUÉ DEBO HACER SI…? 

  • Lo principal es educarse y saber cuáles son sus derechos y qué hacer si es arrestado o detenido. Vea la sección «¿Qué debo hacer si me detienen? 

    Luego, es importante que lleve copias de documentos legales de inmigración, recibos de casos pendientes y documentos que demuestren que ha estado viviendo en los Estados Unidos por más de dos años (si aplica).  

    Ejemplos de Evidencia Aceptable: 

    • Estados de cuenta bancarios 

    • Registros telefónicos 

    • Documentos de seguro de automóvil 

    • Contratos de arrendamiento/renta 

    • Licencias de otro estado 

     Si es detenido por ICE y no puede proporcionar pruebas de al menos dos años en los Estados Unidos, corre el riesgo de ser deportado en pocas horas y perder la oportunidad de ver a un juez. 

     

    También puede trabajar en un plan con su familia en caso de ser detenido o removido. El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes tiene un Plan de Preparación Familiar Paso a Paso para ayudarle a planificar emergencias de inmigración. 

  • Si lo detienen, recuerde que tiene el derecho a permanecer en silencio y no está obligado a hablar sobre su estatus migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración u otros oficiales. Todo lo que diga puede ser usado en su contra en una corte de inmigración. 

    También tiene derecho a hablar con un abogado o con su consulado. Solicítelo lo antes posible, ya que los procedimientos pueden avanzar rápidamente durante la detención. Aunque estamos en proceso de habilitar este servicio, lamentablemente no podemos ofrecerlo en este momento, por lo que le recomendamos que trabaje con alguien local que esté familiarizado con los centros de detención y el personal de su área.

    Si tiene documentos de inmigración válidos, muéstrelos cuando se lo pidan. Consulte la lista de documentos en la sección «Documentos que debe tener consigo». 

    Pida también hablar con familiares o amigos para informarles lo sucedido. Para ello, memorice números importantes. 

  • Mantenga la calma y no corra, discuta, resista ni pelee con el oficial. Mantenga las manos donde la policía pueda verlas y avise si necesita alcanzar la guantera o su cartera para mostrar sus documentos. 

    Si no entiende inglés, dígales: "No hablo inglés." 

    Si tiene documentos de inmigración válidos o una licencia válida, muéstrelos cuando se lo pidan. 

    Si no tiene documentos legales: Tiene derecho a permanecer en silencio y no está obligado a hablar sobre su estatus migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración u otros oficiales. Todo lo que diga puede ser usado en su contra en un tribunal de inmigración. Solicite hablar con un abogado penal si es arrestado. 

  • La respuesta a lo que podría suceder en un punto de control y si el conductor corre algún riesgo puede depender del tipo de punto de control y del estado donde se encuentre, por lo que no podemos proporcionar una respuesta más específica a esta pregunta relacionada con la ley penal. 

    Sin embargo, al igual que con otras interacciones con las autoridades, le recomendamos mantenerse calmado, ser respetuoso y conocer sus derechos. Recuerde que tiene derecho a permanecer en silencio y no está obligado a discutir su estado migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración u otros funcionarios. Todo lo que diga a un oficial puede ser utilizado en su contra en un tribunal de inmigración. 

    Si tiene documentos legales, como un permiso de trabajo o licencia de conducir, asegúrese de llevarlos consigo. Si tiene un caso pendiente o algún tipo de aprobación, lleve copias de sus recibos y otros documentos con usted y guárdelos también en su teléfono. Si ha estado en los EE. UU. por más de dos años, lleve pruebas de ello consigo y en su teléfono. 

    Si es detenido y/o arrestado, tiene derecho a hablar con un abogado y no está obligado a firmar ni entregar ningún documento sin antes consultar con un abogado. 

  • No está obligado a abrir la puerta. Enseñe a sus hijos a no abrir la puerta. No salga de la casa. Haga clic aquí para descargar e imprimir tarjetas con información sobre sus derechos.

    Los oficiales necesitan una orden firmada por un juez para entrar a su hogar. Si dicen tener una orden, pida que la pasen por debajo de la puerta. Verifique si está firmada por un juez. Si no lo está, diga que no desea hablar en ese momento. 

    Recuerde que, generalmente, las "órdenes" de ICE no están firmadas por jueces; son formularios de ICE firmados por oficiales de ICE y no les dan autoridad para entrar a la vivienda sin consentimiento de los ocupantes. 

    Si tienen una orden firmada, mantenga la calma y no corra, discuta, resista ni pelee. Recuerde que tiene derecho a permanecer en silencio y no tiene que discutir su estatus migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración u otros oficiales. 

    Tiene derecho a hablar con un abogado y no está obligado a firmar o entregar documentos sin consultarlo primero.  

  • Mantenga la calma y no llame la atención sobre usted. Si ICE llega a su lugar de trabajo, no puede entrar en áreas exclusivas para empleados sin una orden judicial o permiso del empleador. 

    Si se le acercan o le hacen preguntas y no tiene documentos legales: usted tiene derecho a permanecer en silencio y no tiene que hablar sobre su estatus migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración u otros oficiales. 

    Si tiene documentación legal, como un permiso de trabajo, asegúrese de llevarlo consigo. Si tiene un caso pendiente o cualquier tipo de aprobación, lleve copias de sus recibos y otros documentos consigo y en su teléfono para demostrar que tiene permiso para trabajar. 

  • Si lo arrestan, mantenga la calma y no corra, discuta, resista ni pelee con los oficiales. Conozca sus derechos. Si tiene una tarjeta de "Conozca sus Derechos" (puede descargarlo aquí), entréguesela al oficial. Tiene el derecho de guardar silencio. También debe pedir hablar con un abogado y no conteste ninguna pregunta, ni firme ningún documento, hasta que haya hablado con un abogado. Debe contar con un abogado criminal que lo represente en este asunto penal y comunicarle su caso con Lisinski Law Firm. Pídale a su abogado criminal que nos envíe una autorización firmada por usted para que podamos hablar con ellos sobre su caso.

  • Sí, debe informarnos, pero si lo arrestan por un asunto criminal no relacionado con inmigración, su primera llamada debe ser a un abogado criminal. Por favor, llame y pida hablar con uno de nuestros representantes capacitados. Tenga en cuenta que no somos abogados criminalistas y no podemos representarlo respecto a su arresto, pero es importante que sepamos lo que está pasando porque podría afectar su caso de inmigración con nosotros. También podemos evaluar en ese momento si hay otros servicios de inmigración que podamos ofrecerle para ayudarlo en esa situación. 

  • En el pasado, hemos tenido muchos clientes que asistieron a las citas con ICE y luego pudieron regresar a casa. Sin embargo, esto podría ser diferente bajo la administración de Trump, y estamos vigilando de cerca esta situación. Por favor, llámenos si recibe una carta de cita con ICE. 

    Debe entender que asistir a una cita con ICE es un requisito legal, y no podemos decirle que no vaya. Sin embargo, queremos asegurarnos de que entienda los riesgos, tanto si decide ir como si decide no ir. 

    Si asiste a la cita con ICE y tiene recibos que demuestran que tiene un caso migratorio pendiente, asegúrese de llevarlos. 

    • Riesgos de asistir si ha sido deportado o ha recibido una orden de deportación previamente: 

    Si ha recibido algún tipo de orden de deportación en el pasado, podría estar en riesgo de ser removido si asiste a la cita con ICE. Por favor, llámenos, ya que podemos evaluar si podemos ayudarlo a preparar una solicitud de suspensión de la deportación para que la lleve consigo a la cita. Tenga en cuenta que, si esta es una opción, requerirá un contrato y tarifa separados. Una solicitud de suspensión de la deportación es una solicitud que le pide al gobierno que no lo deporten porque tiene un caso humanitario pendiente y es una persona de buena moral. 

    Además, si tiene un miedo creíble de regresar a su país de origen, asegúrese de informárselo al oficial de inmigración si es detenido y está en proceso de ser deportado. 

    • Riesgos de asistir si no ha sido deportado o recibido una orden de deportación, pero ha estado en EE.UU. menos de dos años: 

    Si no ha recibido ningún tipo de orden de deportación en el pasado, pero ha estado en los EE. UU. por menos de dos años, Inmigración podría intentar deportarlo bajo lo que se llama "deportación acelerada". Por favor, llámenos, ya que podemos evaluar si podemos ayudarle a preparar una solicitud de suspensión de la deportación para que la lleve a la cita. Tenga en cuenta que, si esta es una opción, requerirá un contrato y tarifa separados. Una solicitud de suspensión de la deportación es una solicitud que le pide al gobierno que no lo deporten porque tiene un caso humanitario pendiente y es una persona de buena moral. 

    Además, si tiene un miedo creíble de regresar a su país de origen, asegúrese de informárselo al oficial de inmigración si es detenido y está en el proceso de ser deportado. 

    • Riesgos de asistir si no ha sido deportado o recibido una orden de remoción, pero ha estado en EE.UU. por más de dos años: 

    Si no ha sido deportado en el pasado y no tiene ninguna orden de deportación, y ha estado aquí por más de dos años, asegúrese de llevar prueba de que ha estado en los Estados Unidos por más de dos años. Si puede proporcionar esta prueba, es probable que no esté en riesgo de ser removido si asiste, pero existe el riesgo de que sea detenido durante el proceso de corte de Inmigración. 

    • Riesgos de no asistir a una cita con ICE: 

    Si no va, Inmigración podría ir a su casa o lugar de trabajo y detenerlo. Las consecuencias de no asistir podrían empeorar su situación, ya que habría tenido una "no aparición", y perjudicaría las posibilidades de que se apruebe una solicitud de suspensión de la deportación y podría afectar otras opciones de inmigración. 

  • Esto es algo para lo que debería estar preparándose. El Centro de Recursos Legales para Inmigrantes ofrece un Plan de Preparación Familiar paso a paso para ayudar a planificar emergencias migratorias y aborda la creación de un plan de cuidado infantil. Si tiene más preguntas sobre cómo asegurarse de que su hijo esté cuidado en caso de que sea deportado, comuníquese con un abogado especializado en derecho familiar en su estado. 

  • No sabemos dónde realizará Inmigración las redadas. La administración de Trump ha anunciado que ya no prohibirá que inmigración realice arrestos de inmigración en escuelas, iglesias o centros médicos. El anuncio de la administración de Trump vinculó esta decisión con la búsqueda de personas con antecedentes penales y no indicó que los niños fueran un objetivo específico. 

PREGUNTAS SOBRE RIESGO / REDUCCIÓN DE RIESGO

  • Sabemos que este es un momento de miedo y que aún hay mucha inseguridad sobre los pasos que tomará la administración de Trump y a quiénes y dónde se dirigen. Continuamos monitoreando y actualizando nuestras orientaciones a medida que aprendemos más. 

    Debe estar al tanto de que siempre existirá un riesgo al salir en público sin documentación. La administración de Trump ha anunciado que están enfocándose en personas con órdenes de deportación previas, personas que han ingresado recientemente al país y también personas que viven en ciudades santuario o cerca de la frontera. Si se encuentra en una de estas categorías, es posible que enfrente un riesgo más alto que otras personas. 

    Es una decisión personal decidir qué actividades continuar y cuáles no. Queremos asegurarnos de que esté informado sobre los riesgos para que pueda tomar una decisión informada. 

    Si decide ir a trabajar, a la escuela o salir a otros lugares, recuerde llevar consigo documentos que: demuestren que ha estado en los Estados Unidos por más de 2 años (si es cierto), que tiene un caso de inmigración pendiente (o aprobado), y cualquier aprobación migratoria. Además, asegúrese de conocer sus derechos si tiene un encuentro con la ley. 

  • Debe estar al tanto de que tener una orden de deportación pendiente aumenta el riesgo de ser deportado si es detenido por Inmigración. Sin embargo, el simple hecho de tener una orden de deportación no significa que será el objetivo de ser detenido de inmediato. 

    Debido al riesgo, le recomendamos que empiece a prepararse para lo que hará si esto ocurre. Primero, le sugerimos que tenga una autorización de un tercero en su archivo con nosotros, para que podamos hablar con un familiar o amigo si es detenido para ver si podemos ayudarlo. Es importante que su familia nos llame de inmediato, porque las deportaciones pueden ser rápidas en estos casos. Segundo, prepare a su familia para saber qué hacer si lo detienen y/o deportan. Tercero, siempre lleve consigo documentos clave sobre su caso y cualquier aprobación migratoria. Finalmente, si tiene un miedo creíble de regresar a su país de origen, asegúrese de decírselo a Inmigración si es arrestado o detenido. 

  • En este momento, basado en estos factores, no parece que sea un objetivo prioritario para la administración de Trump, y con suerte no tendrá interacciones con inmigración o la ley. 

    Si es elegido por Inmigración, puede que esté en un riesgo menor que otras personas de ser detenido o puesto en proceso de deportación, pero sigue existiendo un riesgo. 

    Si ha estado en los Estados Unidos por menos de dos años, Inmigración puede intentar deportarlo rápidamente a través de lo que se llama deportación acelerada. Si es detenido en esta situación, y tiene un miedo creíble de regresar a su país, asegúrese de decirle a Inmigración, ya que puede tener derecho a pasar por el proceso de asilo antes de ser deportado. 

    Si ha estado en los Estados Unidos por más de dos años, asegúrese de llevar copias de la documentación que lo pruebe, y aún tiene ciertos derechos legales y constitucionales. Tiene derecho a una audiencia y a que un juez revise su caso. Ese proceso puede tomar años en algunos casos, y puede permanecer en los EE. UU. hasta que se tome una decisión final. Sin embargo, Inmigración puede intentar detenerlo mientras estos procesos ocurren, y si esto sucede, debe ponerse en contacto con un abogado especializado en fianzas de inmigración para ver si pueden liberarlo bajo fianza. 

  • Por ahora, no recomendamos viajar hasta ver cómo la administración de Trump manejará los permisos de viaje. La última vez que Trump fue presidente, no eliminó ni afectó estos permisos. Hasta ahora, no hay señales claras de que su administración planee cambiarlos. Sin embargo, por precaución, sugerimos esperar al menos unos meses iniciado el nuevo gobierno.

    Esto nos permitirá monitorear la situación y ver si hay casos de personas con problemas para regresar o cambios en las políticas de viaje.

    Siga nuestras redes sociales o nuestra página de información sobre viajes para actualizaciones.

    Si tiene una emergencia familiar y necesita viajar, recuerde que siempre hay un riesgo. Asegúrese de seguir estas recomendaciones si tiene un [caso de Visa T], y estas si tiene un [caso de VAWA].

PREGUNTAS SOBRE LEYES / DECRETOS ESPECÍFICOS DE TRUMP 

  • La Ley Laken Riley fue aprobada recientemente por el Congreso. Aunque el gobierno federal siempre tuvo la opción de detener a personas indocumentadas en proceso de deportación o con crímenes en su historia, esta ley exige que Inmigración detenga a los inmigrantes acusados de robo, lo cual incluye delitos como el robo en tiendas. La ley también elimina el derecho a la fianza en esas situaciones. Esperamos que la ley sea declarada como inconstitucional y aún no está claro cómo se harán cumplir estos requisitos. Continuaremos monitoreando esta situación. 

  • La ciudadanía por nacimiento significa que cualquier persona nacida en territorio de los Estados Unidos es ciudadana estadounidense. Esta ha sido la ley durante mucho tiempo y está establecida en la 14ª Enmienda de la Constitución de los EE. UU. El presidente Trump emitió una orden ejecutiva que ordena al gobierno federal no reconocer ese derecho. Esto ya ha sido impugnado en la corte federal, y un juez federal ha suspendido la orden de Trump. Esta orden no afecta a los niños que ya nacieron en los Estados Unidos. Continuaremos observando este asunto. 

  • La deportación acelerada permite al gobierno deportar a inmigrantes con un proceso muy limitado. Bajo la administración anterior, esto se limitaba a personas que habían ingresado recientemente al país y que aún se encontraban cerca de la frontera. El presidente Trump recientemente cambió esta regla y ahora permite que Inmigración use la deportación acelerada para inmigrantes indocumentados en cualquier parte del país que no puedan demostrar que han estado en el país por más de dos años. 

    Debe reunir pruebas ahora para demostrar que ha estado en los Estados Unidos por al menos dos años. Mantenga estas pruebas consigo en todo momento y tome fotos de ellas para que estén en su teléfono. Las pruebas que demuestran que ha estado aquí durante dos años pueden incluir: estados de cuenta bancarios, registros telefónicos, documentos de seguro de automóvil, contratos de arrendamiento/renta, licencias emitidas hace más de dos años. 

    Si es detenido por Inmigración y no puede proveer este tipo de evidencia, corre el riesgo de ser deportado en pocas horas o de no tener la oportunidad de ver a un juez. 

    Recuerde, si tiene miedo de regresar a su país de origen, asegúrese de decírselo a Inmigración. 

  • En este momento, no sabemos si Trump intentará cancelar la iniciativa DACA ni cuándo podría suceder. Incluso si se cancela DACA, si su presencia legal y su permiso de trabajo terminará de inmediato o no, dependerá del anuncio del presidente y de cómo el gobierno federal lo implemente. Esperamos desafíos legales si el presidente Trump intenta hacer esto. 

  • La abogada dice que cree que el riesgo de que esto ocurra es bajo. Hemos visto historias aisladas de esto en las noticias, así que no podemos decir que no haya riesgo, pero no hemos oído ejemplos de que ocurra regularmente o a nuestros clientes de casos humanitarios. La abogada dice que sabe que no acudir a su entrevista o cita biométrica tiene un riesgo muy alto de provocar que su caso sea denegado o retrasado, y su recomendación firme es que acuda a su cita como está previsto para que su caso siga avanzando, porque su caso es una forma de protección, especialmente si es aprobado y obtiene sus documentos.  Seguimos observando de cerca esta situación, y si algo cambia se lo haremos saber a nuestros clientes.

  • La abogada cree que los riesgos de que los solicitantes reciban una NTA si su caso es denegado son bajos.  El presidente Trump ha dado una orden diciendo que pueden emitir NTAs si la solicitud de alguien es denegada, pero él dio una orden similar en su última presidencia e Inmigración no emitió regularmente NTAs tras una denegación. No hemos visto ninguna prueba de que esto vaya a ser diferente esta vez y, por lo tanto, creemos que la probabilidad es baja, aunque seguiremos observando de cerca la situación. Y, dado que los procesos pueden tardar a veces años, podría haber un presidente diferente en el momento en que el caso llegara a una decisión. Basándose en esto, la abogada recomienda continuar con el caso, especialmente porque tener un caso pendiente le protege mucho más que no tener nada.

    El presidente Trump ha dicho que están priorizando la búsqueda de personas con delitos y/u órdenes de deportación previas, aunque incluso en ese caso no estamos viendo una emisión generalizada de NTA. Y, en la administración pasada, aunque la emisión de una NTA después de una denegación parecía en gran medida aleatoria, era más probable si había un delito grave o una orden de deportación.  Sin embargo, esto todavía no se aplicó consistentemente y debido a que usted ya está en riesgo con estas cosas en sus antecedentes, la abogada dice que todavía hay un beneficio para tratar de obtener sus papeles.

  • Un Aviso de Comparecencia (NTA) es un documento que notifica a una persona que debe comparecer ante un juez de inmigración para iniciar un procedimiento de expulsión. Un Aviso de Comparecencia no significa que usted vaya a ser automáticamente deportado o expulsado, pero sí inicia un procedimiento de expulsión de inmigración. Incluso en los procedimientos de expulsión, usted tiene derecho a un abogado y, en muchos casos, estos procedimientos se prolongan durante años. Si recibe una NTA, infórmenos lo antes posible. En ese momento, podremos analizar si podemos ayudarle con su procedimiento de expulsión o aconsejarle que contrate a un abogado defensor de expulsión.

  • Hay informes de que ICE está tratando de llegar a un acuerdo con el IRS para obtener información relacionada con los impuestos declarados por personas sin documentos.  Aún no está claro a qué información podrá acceder Inmigración y si la utilizará o cómo. Anticipamos que también puede haber litigios sobre esto porque existen leyes estrictas sobre la divulgación de información fiscal. Seguiremos atentos a esta situación y actualizaremos nuestras recomendaciones a medida que se desarrolle, pero por ahora no hay ningún acuerdo en vigor y no existe ningún peligro o riesgo real debido a esto. En caso de que esto cambie, se lo comunicaremos a las personas interesadas.

  • El presidente Trump ha emitido una Orden Ejecutiva para hacer cumplir un requisito de registro para los inmigrantes que permanezcan en Estados Unidos durante 30 días o más sin autorización. Muchos grupos de inmigración se oponen a este requisito y esperamos que sea impugnado en los tribunales, por lo que lo seguiremos de cerca. Por ahora, no recomendamos a nuestros clientes que se registren o no. Esa es una decisión que cada cliente debe tomar por sí mismo. Podemos decirles lo que podría pasar si se registran y lo que podría pasar si no lo hacen.

    Registrarse significaría presentar un formulario al gobierno que revelaría su nombre, dirección, antecedentes penales y de inmigración, e información adicional, y muchos temen que el gobierno pueda utilizar esa información para encontrar a las personas para detenerlas y deportarlas.

    La información disponible dice que si no se registra y es sorprendido podría haber sanciones civiles y penales, pero no somos abogados penalistas y no podemos asesorar sobre ninguna consecuencia de este tipo. A muchos comentaristas jurídicos les parece que la única forma de que se produzcan estas consecuencias es que el gobierno pueda demostrar que usted conocía el requisito y no lo cumplió, pero, una vez más, este no es nuestro ámbito de especialización.

    El gobierno está pidiendo a las personas que se registren creando una cuenta electrónica y presentando un nuevo formulario, el G-325R.  Sin embargo, hay otras formas de considerarse "registrado":

    • Residentes permanentes legales / titulares de la green card; 

    • Si entró en libertad condicional humanitaria; 

    • Si se le expidió el formulario I-94 o I-94W la última vez que entró en el país. 

    • Si se le expidió una visa antes de entrar a los Estados Unidos; 

    • Si está o ha estado anteriormente en proceso de expulsión; 

    • Si alguna vez ha tenido un permiso de trabajo; 

    • Si ha solicitado la green card (I-485), incluso si las solicitudes fueron denegadas; y,  si alguna vez se le ha expedido una Tarjeta de Cruce Fronterizo (Border Crossing Card). 

    Si califica para un caso con nosotros y lo presentamos, eso cumple con los requisitos de registro y le da el beneficio de tener una solicitud de inmigración pendiente que es una forma de protección contra la detención y expulsión.  Por ejemplo, la presentación de un caso VAWA - que incluye una solicitud I-485 - o un caso de Visa T - que incluye una solicitud de permiso de trabajo - ambos pueden ser vehículos para ser considerado como "registrado". Tenga en cuenta que puede que no se le considere registrado durante los periodos de tiempo mientras se prepara su solicitud o su solicitud de permiso de trabajo está pendiente, pero poco después se habrá registrado y tendrá más protección.

  • Aunque no ayudamos a las personas a registrarse a través del proceso de formulario porque no es nuestra área de especialización, una forma potencial de ser considerado registrado es trabajar con nosotros para identificar un caso para el que reúna los requisitos de registro. De este modo, se beneficiará de la posibilidad de registrarse y, al mismo tiempo, de tener un caso pendiente. Tenga en cuenta que es posible que no se le considere registrado durante los periodos de tiempo en los que se esté preparando su solicitud o esté pendiente su solicitud de permiso de trabajo. 

    Si ecide registrarse con el Gobierno sin una solicitud, Inmigración ha publicado una explicación de cómo hacerlo en https://www.uscis.gov/alienregistration.

    Lisinski Law no ofrece actualmente servicios de registro en línea.

  • Si usted es considerado "registrado" basado en interacciones previas con el gobierno, usted debe llevar uno de estos documentos como aplicable para probar su estado de registro: Su green card; una tarjeta de residente permanente I-551; un permiso de trabajo I-765; un aviso de comparecencia I-862; un registro de llegadas y salidas I-94; una solicitud de estatus de residente permanente I-485; o un registro I-94.

La información proporcionada tiene fines únicamente informativos y no constituye asesoramiento jurídico. El acceso o uso de esta información no crea una relación abogado-cliente.